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Le prohíben cazar y pescar un año por usar un cepo

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Fue denunciado por agentes medioambientales en 2014 atrapar y dar muerte a una garduña “que entraba en su gallinero”. Como consecuencia de la denuncia, este ciudadano ha sido sancionado con multa e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar durante un año.

Los agentes medioambientales de la comarca de Navafría fueron alertados por unos senderistas, que encontraron un animal herido. Al llegar al lugar, comprobaron que se trataba de una garduña. En la misma zona también encontraron un cepo armado con una gallina muerta como cebo.

Tras desarmar y retirar el cepo, que se hallaba en perfecto estado, los agentes decomisaron el artefacto, e identificaron al dueño de la finca y responsable de la colocación, quien pretendía ahuyentar a animales que causaban daños en su gallinero.

Una sentencia ejemplar

La Junta de Castilla y León considera «ejemplar» la sentencia del juzgado bis de lo Penal que prohíbe a un segoviano cazar o pescar durante un año por el uso de cepos, además de imponerle una multa que ha sido sustituida por tres meses de trabajo en beneficio de la comunidad.

La sentencia condenatoria se ha llevado a cabo al abrigo de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, de ámbito nacional, cuyo artículo 65, prohíbe explícitamente la tenencia y comercialización de estas artes y de la Ley 4/1996, de 12 de julio, por la que se regula el ejercicio de la caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León que prohíbe, así mismo, expresamente, el uso de cepos por su carácter no selectivo.

La Delegación Territorial de la Junta en Segovia advierte de que este tipo de prácticas ilegales, además del peligro que entrañan para la fauna, suponen un grave riesgo para las personas que transitan por estas zonas a las que pueden causar importantes daños.

Alternativas en estos casos

Desde el Servicio Territorial de Medio Ambiente se recomienda a todos los ciudadanos, cuyos animales domésticos o de granja puedan sufrir algún perjuicio provocado por fauna silvestre, que antes de llevar a cabo actuaciones ilícitas como la descrita, se pongan en contacto con los agentes medioambientales de la zona, que estudiarán su caso y le proporcionarán una solución dentro de la legalidad, como capturar el animal con jaula trampa en vivo y trasladarlo a otro punto lejano a la zona donde se haya generado el problema.

Además de suponer una infracción a la normativa de caza de Castilla y León y a la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el uso de cepos puede ser constitutivo de delito de acuerdo con el artículo 336 del actual Código Penal; teniendo en cuenta, precisamente, el carácter no selectivo de estos artilugios; ya que el hecho de que una especie protegida caiga en una de estas trampas puede por sí mismo ser un delito.


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