
La Federación Andaluza de Caza ha confirmado que la orden de vedas de la próxima temporada de caza incluirá la reglamentación referida a estas modalidades cinegéticas después de que se recogieran en el nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza, que se publicó en agosto del año pasado.
A la espera del BOJA
Las fechas concretas de cada período las conoceremos cuando la Consejería de Medio Ambiente publique la Orden de Vedas en el BOJA, algo que, según la entidad federativa, debe llevarse a cabo lo antes posible.
Respecto a las condiciones en las que podrá practicarse cada modalidad, éstas vienen recogidas en las definiciones de cada una de ellas detalladas en el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía.
Caza a diente
La caza a diente se podrá practicar con cinco perros, siendo dos de ellos obligatoriamente menores de 18 meses.
Aguardos nocturnos
Respecto al aguardo nocturno, es uso de visores especiales representa una de las cuestiones que más dudas está suscitando. En relación a este asunto, la Federación Andaluza de Caza informa que sigue negociando para aclarar su interpretación de manera que pueda usarse durante todo el período de caza, algo que se confirmará cuando se publique la Orden de Vedas. Lo que se recoge sin ningún atisbo de duda en el nuevo ROC es la posibilidad de usar linterna tanto en la acción de caza como en el momento del disparo.